Por decisión del accionista único de fecha 30 de junio de 2011, se acordó ampliar el objeto social con el fin de incluir la prestación de servicios logísticos y/o de almacenista-distribuidor a terceros, dándole, en consecuencia, la siguiente redacción al artículo 2 de los estatutos sociales:
“ARTICULO 2º.- Objeto Social.
Constituye el objeto de la Sociedad: a) la fabricación, manipulación, transformación, distribución, venta y comercialización de papel y cartón, envases, embalajes y materias plásticas, así como de madera, pasta celulósica y toda clase de materias primeras, intermedias o derivadas; b) la venta de toda clase de material de oficina y escolar, de libros, maquinaria de oficina y productos relacionados con la informática y con todos los sistemas de tratamiento de la información aplicados a los trabajos administrativos; c) la explotación de fincas rústicas y forestales; d) la prestación de servicios logísticos y/o de almacenista-distribuidor a terceros; y e) la inversión en valores mobiliarios, títulos valores y activos financieros de todas clases, incluso fundando sociedades o realizando acuerdos de “joint venture”, con exclusión de las actividades reservadas a las entidades de inversión colectiva, sociedades y agencias de valores.”
Barcelona, 30 de junio de 2011, el secretario del consejo de administración, Ana Castro.